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Aplica el IEEG más ajustes en candidaturas para ayuntamientos y diputaciones locales

Aplica el IEEG más ajustes en candidaturas para ayuntamientos y diputaciones locales

Guanajuato, Gto. Este martes 26 de mayo de 2015, el Consejo General del IEEG, llevó a cabo su Sesión Extraordinaria en la que se presentaron y aprobaron por unanimidad, los ocho acuerdos agendados.

En el primer punto se aprobó el proyecto de acuerdo mediante el cual se cancela el registro de Karen Viviana García Gómez, candidata a quinta regidora propietaria de la planilla de candidatos al Ayuntamiento de León, postulada por el Partido de la Revolución Democrática, en el proceso electoral 2014-2015, esto conforme a lo previsto en la fracción II del artículo 194 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato, una vez fenecido el plazo para registro de candidatos, los partidos políticos podrán solicitar por escrito al Consejo General la sustitución de sus candidatos por causa de fallecimiento inhabilitación, incapacidad o renuncia. En este último caso, no podrán sustituirlos cuando la renuncia se presente dentro de los treinta días anteriores de la elección.

Por lo que queda de la siguiente manera:

En el segundo punto se aprobó el proyecto de acuerdo mediante el cual se cancela el registro de Ma. De la Luz Cervera Pérez y Víctor Oliva Pérez, candidatos a décimo y undécimo regidores propietarios de la planilla de candidatos al Ayuntamiento de León, postulada por el Partido Humanista, en el proceso electoral 2014-2015, esto conforme a lo previsto en la fracción II del artículo 194 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato, una vez fenecido el plazo para registro de candidatos, los partidos políticos podrán solicitar por escrito al Consejo General la sustitución de sus candidatos por causa de fallecimiento inhabilitación, incapacidad o renuncia. En este último caso, no podrán sustituirlos cuando la renuncia se presente dentro de los treinta días anteriores de la elección.

Por lo que queda de la siguiente manera:

En el tercer punto se aprobó el proyecto de acuerdo mediante el cual se cancela el registro de Eduardo Atilano Martínez, candidato a diputado suplente de la fórmula de candidatos a diputados por el distrito III, postulada por el Partido Humanista en el proceso electoral 2014-2015,  esto conforme a lo previsto en la fracción II del artículo 194 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato, una vez fenecido el plazo para registro de candidatos, los partidos políticos podrán solicitar por escrito al Consejo General la sustitución de sus candidatos por causa de fallecimiento inhabilitación, incapacidad o renuncia. En este último caso, no podrán sustituirlos cuando la renuncia se presente dentro de los treinta días anteriores de la elección.

Por lo que queda de la siguiente manera:

En el cuarto punto se aprobó el proyecto de acuerdo mediante el cual es improcedente la renuncia del ciudadano Carlos Alejandro Ramírez Zavala a la candidatura a la presidencia municipal de Acámbaro, postulada por el Partido Revolucionario Institucional, ya que el Consejo General considera que las razones que esgrime el candidato para renunciar no son válidas en un sistema democrático, pues es evidente su pretensión de hacer prevalecer sus intereses personales sobre los colectivos y los partidos, así como de influir directamente en la conformación de la planilla del Partido Revolucionario Institucional que contenderá en las elecciones municipales a celebrarse el próximo 7 de junio.

En el quinto punto se aprobó el proyecto de acuerdo mediante el cual se  registra la lista de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional del Partido Humanista para contender en la elección ordinaria del siete de junio de dos mil quince, esto después de que el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato manifestó al resolver el recurso TEEG-REV-21/2015, en donde se señala la factibilidad de que pueda subsistir el registro de una planilla a miembros de un ayuntamiento aún cuando no se encuentre totalmente integrada por la falta de algún regidor, que es aplicado matatis mutandi.

En el sexto punto se aprobó el proyecto de acuerdo mediante el cual se declara infundada la denuncia presentada por el ciudadano Sergio Carlo Bernal Cárdenas, en contra del ciudadano Jorge Alberto Romero Vázquez, de haber afiliado de manera corporativa o colectiva a más de 188 simpatizantes durante los años 2013 y 2014, lo que contraviene el artículo 41, párrafo primero, fracción I, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 17, segundo párrafo de la Constitución Política del Estado de Guanajuato y el artículo 21 de la  ley electoral local. 

En el séptimo punto se aprobó el proyecto de acuerdo recaído de las comunicaciones realizadas por los ciudadanos Ignacio Irys Salomón, Ricardo Espinoza López y Alfredo Ledesma Rosas, Coordinador  y Vicecoordinador, respectivamente,  de la Junta de Gobierno Nacional y Coordinador Ejecutivo Estatal  del Partido Humanista, donde comunican los cambios de los integrantes de sus órganos directivos estatales en el Estado de Guanajuato, así como de su Coordinador de la Comisión Estatal de Finanzas y Patrimonio en el estado.

Se anexa lista:

C. Everardo Nevárez Nava

Coordinador Ejecutivo Estatal


C. Antonio Rodríguez Trejo

Subcoordinador


C. Juan Miguel Flores Rodríguez

Subcoordinador


C. Horacio Ramírez Quintero

Miembro


C. José Luis Terrazas Ríos

Miembro


C. Constantino Quiñones Pedroza

Miembro


C. Rafael Hernández Alcántar

Miembro


C. José Valentín Sánchez Guerrero

Miembro


C. Víctor Manuel Blancarte Pacheco

Miembro


C. Noemí Leticia Jiménez García

Coordinadora de la Comisión Estatal de Elecciones


C. Estefanía Martínez Frías

Coordinadora de la Comisión Estatal de Finanzas y Patrimonio


C. Arturo Rico Carranza

Coordinador de la Comisión Estatal de Vinculación

En el último punto se aprobó el proyecto de acuerdo mediante el cual se da cumplimiento a la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto a las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de precampaña y de obtención de apoyo ciudadano respecto de candidatos independientes al cargo de diputados y ayuntamientos, correspondientes al proceso electoral ordinario 2014-2015 en Guanajuato, identificada con el número INE/CG53/2015, en lo que respecta a los puntos resolutivos segundo y cuarto de dicha resolución por lo que procede a restar la cantidad de $49,256.28 pesos de la ministración del financiamiento público ordinario del Partido Revolucionario Institucional, correspondiente al mes de junio del presente año.